La vida cotidiana > Calculadoras domésticas > Calculadora de multas por velocidad
Calcula el importe, los puntos y el margen de error del radar según el cuadro oficial del Anexo IV de la Ley de Tráfico. En vías interurbanas el exceso se convierte en delito a partir de 80 km/h por encima del límite. Se descuenta automáticamente el margen de error metrológico antes de aplicar la sanción. El saldo máximo es de 15 puntos tras tres años sin sanciones; los conductores noveles parten de 8 puntos. El pago voluntario en 20 días naturales reduce el importe un 50 %, pero implica renunciar a alegar y agota la vía administrativa. Los puntos se retiran igualmente. Márgenes de error: los cinemómetros fijos, de tramo y móviles utilizados en estático aplican una tolerancia de 5 km/h para velocidades medidas inferiores a 100 km/h y del 5 % a partir de esa cifra. Los cinemómetros instalados en vehículos en movimiento duplican prácticamente ese margen, con 7 km/h y 7 % respectivamente. Vía penal: el artículo 379.1 del Código Penal castiga con prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, junto a la privación del permiso de uno a cuatro años, superar el límite en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana. Fuentes: Real Decreto Legislativo 6/2015 (texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), Anexo II y Anexo IV; Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, artículo 379; Real Decreto 970/2020 sobre límites de velocidad en vía urbana; normativa de control metrológico de cinemómetros; Dirección General de Tráfico. Copia el código y pégalo en tu página (bloque «HTML personalizado»). La calculadora se actualiza sola.Cuadro de sanciones para este límite
Velocidad sancionable Multa Puntos Tipo Insértala en tu web
Todo sobre las multas por exceso de velocidad
Qué margen te descuentan, cuántos puntos pierdes según el tramo y cuándo el exceso deja de ser una multa.
El radar resta antes de multar
A la velocidad medida se le descuenta un margen de 5 km/h o 5 %, o de 7 km/h o 7 % en radares móviles en marcha. Se multa por el resultado, no por lo que marca el radar.
Los puntos dependen del tramo
Cada límite tiene su propio cuadro: el primer tramo es una multa de 100 euros sin puntos, y a partir del segundo se pierden 2, 4 o 6 puntos.
Hay un umbral penal
Superar el límite en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana deja de ser una multa y pasa a ser un posible delito.
Qué calcula esta herramienta
La calculadora estima la sanción económica y la pérdida de puntos que corresponde a una velocidad medida por un radar, según el límite de la vía. Aplica el cuadro de sanciones por exceso de velocidad del Anexo IV del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015).
Además de la multa íntegra, te muestra el importe con pronto pago, el margen de error descontado, el saldo de puntos que te quedaría y si el exceso alcanza el umbral del delito contra la seguridad vial.
Es útil para hacerte una idea antes de abrir una notificación, para comprobar si el importe recibido cuadra con el tramo esperado o para entender cuánto cuesta cada escalón de velocidad.
Cómo se calcula la sanción
El cálculo sigue tres pasos, siempre en este orden:
Velocidad sancionable = velocidad medida − margen
Exceso = velocidad sancionable − límite de la vía
Multa a pagar = multa del tramo × 50 % (con pronto pago)- El margen es de 5 km/h por debajo de 100 km/h medidos y del 5 % a partir de 100 km/h. Con un cinemómetro en vehículo en movimiento sube a 7 km/h o al 7 %.
- La velocidad sancionable se redondea hacia abajo antes de buscarla en el cuadro del límite correspondiente.
- El cuadro de ese límite asigna multa y puntos según el tramo en el que cae la velocidad sancionable.
Cómo leer el resultado
El panel cambia de color según la gravedad de la infracción para que la lectura sea inmediata:
| Estado | Qué significa |
|---|---|
| Dentro del límite | La velocidad sancionable no supera el límite. No hay infracción. |
| Grave sin puntos | Primer tramo del cuadro: multa de 100 euros sin pérdida de puntos. |
| Con pérdida de puntos | Multa de 300 a 500 euros y retirada de 2, 4 o 6 puntos según el tramo. |
| Muy grave | Último tramo: multa de 600 euros y pérdida de 6 puntos. |
- Si el saldo de puntos queda a cero, se pierde la vigencia del permiso y hay que hacer el curso de recuperación y superar la prueba.
- El pronto pago reduce el importe a la mitad, pero renuncias a alegar y los puntos se retiran igualmente.
- Si aparece el aviso penal, la multa administrativa deja de ser lo más relevante: conviene consultar con un abogado.
Qué no mide esta calculadora
- No sustituye a la notificación oficial. El importe definitivo lo fija la administración en la resolución.
- No conoce el margen real que consta en el certificado de verificación del cinemómetro de tu caso.
- No valora agravantes, reincidencia, condiciones especiales del conductor ni infracciones distintas del exceso de velocidad.
- No calcula la vía penal: solo avisa de cuándo el exceso alcanza el umbral del artículo 379.1 del Código Penal.
- Los límites disponibles son los genéricos de vía urbana e interurbana. Los límites específicos de cada vehículo o de cada conductor pueden ser distintos.
- El cuadro puede cambiar con futuras reformas legales. Verifica siempre la normativa vigente en la Dirección General de Tráfico.
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